lunes, 6 de mayo de 2013

Habilitaron el trámite para registrar al servicio doméstico

SOCIEDAD
SERVICIO DOMESTICO

Se hace a través de la página de la AFIP. Qué hay que saber.

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06/05/13 - 10:11 – Clarin

A partir de hoy, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) abrió el registro especial del personal de casas particulares. Según la ley 26.844, promulgada un mes atrás, allí deben anotarse las relaciones laborales del servicio doméstico. El trámite, que exige la identificación del empleador, será por la Web a través del sitio de la AFIP y, en el caso del empleo ya existente, habrá plazo para hacerlo hasta el 30 de junio.

Según la ley, se considera personal de casas particulares a quienes realicen actividades de mucamas, niñeras, cocineras, jardineros, caseros, amas de llaves, damas de compañía, mayordomos, institutrices, nurses o gobernantas. La AFIP anticipó que dará por hecho que quienes ganen más de $ 500.000 anuales y tengan bienes por más de $ 305.000 cuentan con personal doméstico.

Para hacer el trámite en la Web, es necesario que el empleador cuente con clave fiscal. Según se explica en la página, el trámite lleva cuatro pasos. Hay que registrarse como empleador, declarando la fecha de inscripción y el lugar donde trabaja el empleado; declarar los datos del empleador; terminar el registro y, por último, imprimir dos comprobantes, uno para el empleador y otro para el empleado.

Entre otros datos, hay que consignar el nombre y apellido de la empleada o empleado, número de CUIL, domicilio, fecha de ingreso, salario, horas trabajadas semanalmente, obra social. Si algunos de esos datos difieren de los que ya posee la AFIP, el empleador será informado de los motivos que impiden su incorporación al Registro.

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