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- 19/01/15
La gente puede ir al cine con su propia comida y bebida, la haya comprado allí o no.
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Mostrar el bolso en un local Es opcional para el cliente exhibirle al personal de seguridad qué lleva en su bolso. El artículo 18 de la Constitución deja en claro que nadie puede revisar la propiedad privada sin orden judicial.
La comida en el cine No hay norma que prohíba que un espectador entre al cine con comida o bebida comprada afuera. Así lo indica la ley de Defensa de la Competencia (25.156) y la de Defensa del Consumidor (24.240).
Acompañante en un nacimiento Una parturienta tiene derecho a ser acompañada en la sala de partos. Y la ley 25.929 –es de alcance nacional y se llama “de Parto Humanizado”– establece que puede elegir con quién hacerlo.
Cambios de ropa o productos Se pueden hacer en cualquier día y horario. Si el local está abierto para la atención al público, la norma bonaerense 14.374 y la porteña 3.281 obliga a los comercios a realizar cambios de productos.
Bicicletas en los garages Están obligados a aceptarlas. Así lo indica la ley porteña 3.105. Y la 1.752 dice que la tarifa debe ser el 10% de la estadía por hora de un auto. Si no las reciben o cobran más, hay que denunciar al 147.
La radio en el taxi El pasajero puede pedirle al taxista que apague o encienda la radio. Y el conductor sólo puede hacerla funcionar si el pasajero presta su conformidad. Así lo determina la Ley 3622.
Dar de baja un servicio No es legal que se exija un pago para pedir la baja. La ley 24.240 aclara que el cliente sólo debe abonar si avisó después del fin de ciclo. En ese caso, se cobra un proporcional y no el mes entero.
Pagos con débito El precio de lista de los productos (en efectivo) corre también para el pago con débito. Lo aclara el artículo 37 de la ley de tarjetas 25065. Sólo pueden haber diferencias si son a favor del cliente.
El pago del cubierto Sólo puede cobrarse si ofrecen 250 milímetros de agua por comensal, pan apto para celíacos y sal modificada en la mesa. Así lo indica la ley porteña de Verificaciones y Habilitaciones 4407.
La recarga de la SUBE Los kioscos no puede cobrar un extra por realizar estas recargas. Por otra parte, por la resolución 811/2011, el usuario tiene derecho a pasar gratis cuando no andan las lectoras en los transporte.
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